jueves, 19 de marzo de 2009

P-U.C. (Plan Unico de Cuentas)

CONCEPTO:La legislación vigente implantó la obligación de la utilización del plan único de cuentas para todas aquellas personas naturales y jurídicas que realicen actos mercantiles, en tal razón es de obligatorio cumplimiento y aplicación del decreto 2650 de 1993 con relación a sus disposiciones generales, catálogo de cuentas, descripciones y dinámicas, además de las normas que la adicionen o lo complementen.
El plan único de cuentas es una herramienta diseñada con el objetivo de clasificar los hechos
económicos, armonizar y unificar el sistema contable de los diversos sectores de la economía
Colombiana, plan que tiene origen en él artículo 53 del decreto 2649 de 1993.
El plan único de cuentas esta estructurado en su codificación teniendo en cuenta los siguientes
niveles:
Clase : El primer dígito
Grupo: Los dos primeros dígitos
Cuenta. Los cuatro primeros dígitos
Subcuenta: Los seis primeros dígitos

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